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¿Sabes quién hereda las acciones de una empresa, cuando muere un integrante en una sociedad?

By agosto 31, 2021junio 20th, 2023Despacho Jurídico
Un testamento es un instrumento legal, el cual tiene que ser otorgado ante la presencia de un Notario.

Dicho documento certifica la voluntad deseada sobre el destino que tendrán nuestros bienes y derechos para después de la muerte de una persona; es la herramienta ideal para garantizar la seguridad jurídica del patrimonio de una persona.

 

¿Qué pasa si no hay testamento?

En el supuesto de no dejar un testamento, la ley establece la forma y proporción en que se tendrán que repartir los bienes del difunto. Esta situación puede provocar que la familia gaste demasiado, pierda tiempo valioso y en la mayoría de los casos se presenten conflictos entre aquellas personas que consideren tener derecho a recibir los bienes, debido a que tendrían que tramitar un juicio sucesorio ante un juzgado, para así poder determinar el reconocimiento de los herederos, además una vez concluido dicho juicio en muchas ocasiones resulta no ser la forma en que el difunto quería distribuir sus bienes. Lo anterior se dificulta aún más cuando se trata de patrimonios de un empresario que deja distintos bienes como: 

  • dinero
  • negocios
  • empresas
  • acciones en una sociedad
  • títulos de crédito
  • patentes
  • títulos de marcas
  • y otros bienes intangibles.

Herencia de Participaciones

El  tema de las participaciones sociales y por lo tanto, el testamento de sociedades, está regulado por el artículo 110 y 124 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) :

 

“Artículo 124 LSC:  regula la transmisión mortis causa de acciones. Solamente serán de aplicación restricciones o condicionamientos a la transmisibilidad por causa de muerte cuando los establezcan los estatutos. Para este supuesto, la sociedad deberá presentar un adquirente u ofrecerse a adquirir ella misma las acciones. Su valor será el razonable al momento en que se solicitó la inscripción de la transmisión en el libro registro de acciones nominativas. Este valor razonable deberá ser determinado por un experto independiente, a solicitud de cualquier interesado.”

“Artículo 110 LSC regula las transmisiones de participaciones sociales por causa de muerte. Se establece la libre transmisibilidad. Las participaciones sociales podrán ser heredadas sin ninguna restricción. La transmisión confiere al heredero o legatario la condición de socio.”

 

El testamento de un empresario, es un instrumento de previsión de la continuidad de la empresa. 

Para el empresario, que tiene que objetivo de que su legado empresarial  prevalezca con el tiempo, incluido después de su muerte y que sus herederos gocen de forma directa de su legado empresarial por una largo periodo o inclusive por otras generaciones, deberá de ser previsivo y evitar que a su muerte el negocio, empresa y patrimonio quede en manos de terceros como lo son: parejas sentimentales de sus familiares, oportunistas, hijastros de los herederos legítimos, etc. Quienes con frecuencia saquean, mal administran, fragmentan, descuartizan o mal venden los bienes del difunto. 

 

Sin embargo, todo lo anterior se puede evitar y prevenir con la elaboración de un testamento de sociedades adecuado, diseñado a la medida, para que el negocio y legado empresarial prevalezcan y se transmitan a la siguiente generación de manera eficaz y segura, para garantizar la continuidad de la empresa y el incremento del patrimonio familiar. La experiencia nos demuestra que la falta de previsión en este aspecto es una fuente segura de conflictos futuros, pues cada empresa es distinta, por lo que no existen fórmulas estándar que se puedan aplicar a todos los casos. Por eso es importante que antes de realizar la redacción del testamento de sociedades, se analice el contexto sobre el que se va a intervenir. 

 

Es importante hacer mención que el testamento es revocable en cualquier tiempo, por lo que se podrá hacer otro de nueva cuenta, si las necesidades de la persona cambian.

Ventajas de realizar un testamento de sociedades

  • Se simplifica el proceso de la herencia.
  • Hacer un testamento es sencillo y proporcionalmente económico.
  • El reparto se hace de acuerdo a la voluntad de la persona.
  • Brinda seguridad patrimonial a tu familia.
  • Evita conflictos familiares.
  • Puede modificarse en cualquier momento.

En Corporativo AUG en este mes del testamento te ayudamos a realizar el tuyo de manera fácil y rápida, ya que contamos con abogados especializados en testamento de sociedades, que te ayudarán, asesorarán y garantizarán realizar un testamento a tu medida y con necesidades específicas a tu situación.

Beneficios de los servicios legales especializados de Corporativo AUG en materia de testamentos

  1. Redactar de manera correcta y concreta el testamento de sociedades.
  2. Tener en todo momento la asesoría legal especializada en la materia.
  3. Tomar decisiones de manera informada.
  4. Planificar conociendo los efectos jurídicos de cada acción u operación.
  5. Te ayudamos a realizarlo ante notario.
  6. Realizamos un análisis para llevarlo a cabo de la manera correcta.

 

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