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¿Qué es el ICSOE y el SISUB y quiénes están obligados a presentarlo?

By junio 10, 2022junio 20th, 2023Servicios Administrativos

El ICSOE y el SISUBTe contamos acerca del ICSOE y SISUB, declaraciones obligatorias para personas que prestan servicios especializados u obras a terceros. ¿Te aplican?

, son dos herramientas nacidas de la reforma laboral. Con las nuevas agregadas en el 2021 para prohibir la subcontratación, se creó, también, el REPSE. Ya te hemos hablado de este registro en artículos anteriores, y hoy, a manera de complemento, te contamos estas dos figuras que debes presentar ante el IMSS y el INFONAVIT.

 

A manera de resumen, el Registro de Prestadores de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE), es una plataforma operada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. En el REPSE deben empadronarse aquellas empresas o personas físicas que realizan trabajos (servicios u obras), en las instalaciones de clientes cuya actividad principal no esté relacionada con este servicio u obra especializada.

 

Visita nuestro artículo para una información más detallada.

 

Además de la obligación de la inscripción al REPSE, si eres una persona o empresa que brinda servicios especializados, tienes dos nuevas declaraciones obligatorias cuatrimestrales. El ICSOE y el SISUB.

 

Su objetivo es facilitar el cumplimiento de la obligación periódica de presentar al Instituto la información de los contratos realizados, conforme al cuatrimestre conforme a la siguiente tabla: 

 

PERÍODO CUATRIMESTRE PRESENTACIÓN
Enero – abril Primero 1 al 17 de mayo
Mayo – agosto Segundo 1 al 17 de septiembre
Septiembre – diciembre Tercero 1 al 17 de enero

 

¿Qué, cómo y para qué del ICSOE? 

 

Esta herramienta electrónica significa: Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializadas (ICSOE). Por este medio, los prestadores de servicios especializados reportan al IMSS toda la información de los contratos por la prestación de servicios especializados que tuvieron durante cada cuatrimestre del año.

 

La Maestra Norma Gabriela López Castañeda, Directora de Incorporación y Recaudación del Instituto Mexicano del Seguro Social, destacó que esta herramienta sirve para facilitar a las empresas y personas físicas, cumplir con su obligación de reportar sus contratos de servicios o ejecución de obras especializadas. Esta obligación se establece en el artículo 15 A de la Ley del Seguro Social. 

 

De acuerdo con la funcionaria, presentar el ICSOE tiene mucha importancia para proteger a sus clientes contratantes, acotando su responsabilidad solidaria en el marco de las relaciones que establecen con prestadores de servicios o ejecutores de obras especializadas.

 

Para realizar este trámite puedes acceder al portal del IMSS. Aquí se te solicitará tu información general y de tu contratante, información sobre el objeto y vigencia del contrato, así cómo la información de tus trabajadores.

 

También existen algunas guías de llenado en el portal informativo del ICSOE, en caso de tener alguna duda. Si no tuviste ningún contrato cómo prestador de servicios o ejecutor de obras especializadas, existe el apartado “Sin información” que puedes seleccionar, es decir no se queda exento de su presentación. 

 

Qué, cómo y para qué del SISUB 

El Sistema de Información de Subcontratación es un trámite muy similar al ICSOE, pero en este caso se presenta al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT). Es la información de los contratos de subcontratación de servicios especializados o ejecución de obra especializada. 

 

Sirve para que el INFONAVIT tenga una relación de los contratos celebrados por la prestación de un servicio especializado de una empresa o persona física, así cómo de los trabajadores vinculados con dichos contratos por el periodo reportado. 

 

Esta información se debe reportar cada cuatrimestre con la siguiente información:

  1. a) Datos Generales;

 

  1. b) Contratos de servicio;

 

  1. c) Los Montos de las Aportaciones y Amortizaciones;

 

  1. d) Información de los trabajadores;

 

  1. e) Determinación del salario base de aportación, y

 

  1. f) Copia simple del registro emitido por la STPS.

 

Para presentar esta declaración, podrás acceder al portal del INFONAVIT. En caso de tener alguna duda, el instituto también ha preparado una página web con toda la información que necesitas saber para cumplir con esta obligación.

 

Si tienes alguna duda sobre este tema o prestas algún servicio especializado, y no sabes aún cómo registrarte en el REPSE y cumplir con estas obligaciones, ponte en contacto con nuestro equipo jurídico de derecho laboral. 

 

En Corporativo AUG estamos felices de apoyarte con tus necesidades empresariales. Acércate a nosotros y empecemos a planear tu éxito.

 

Lic . Fabiola jazmín Gutiérrez Pérez

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