Inicio - Blog

Planeamos tu éxito

Multas por no prevenir el lavado de dinero en México 2022

By abril 29, 2022junio 20th, 2023Asesoría fiscal
multas-por-no-prevenir-el-lavado-de-dinero-en-mexico

La ley para prevenir el lavado de dinero en México se encuentra vigente desde 2013. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) menciona que la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) regula los actos u operaciones económicas propensas a la captación de recursos de procedencia ilícita, mejor conocido como lavado de dinero.

La legislación reconoció la necesidad de rastrear estas operaciones cuyos recursos podrían usarse para financiar a la delincuencia organizada o la evasión de impuestos. De hecho, en un estudio especializado en 2019, México se encontraba en el tercer lugar entre las economías nacionales que tenían mayor cantidad de capitales de procedencia ilícita.

El lavado de dinero es un proceso en el que fondos o activos obtenidos por actividades ilícitas son encubiertas al introducirse en operaciones legales para circular en el sistema financiero. Estos recursos pueden provenir de contrabando de drogas, armas, animales exóticos, actividades de corrupción, fraude, trata de personas, extorsión, terrorismo o piratería.


La Comisión Nacional Bancaria y de Valores reconoce tres etapas para el lavado de dinero en México:

 

Colocación: Los recursos obtenidos ilícitamente se introducen al sistema financiero a nombre de alguien que los hace pasar por legítimos. Se realiza mediante depósitos bancarios en efectivo o inversiones en instrumentos financieros. En esta etapa es cuando las empresas financieras están más vulnerables.

Estratificación: Los fondos se transfieren en múltiples transacciones para esconder el origen de los recursos de manera estratégica. Se pueden efectuar transferencias bancarias, compra de bienes raíces o bienes.

Integración: El dinero está limpio y su origen se ha “perdido”. Se reintegra a la economía formal en inversiones en negocios, compra de bienes o puede regresar a instituciones financieras.

Las actividades más vulnerables a verse relacionadas con entidades que buscan lavar su dinero son las relacionadas con el manejo de grandes cantidades de recursos. Cómo comercializadoras de vehículos, ONG ‘s que reciben donaciones, casas de apuesta, casas de bolsa, inmobiliarias entre otras actividades económicas.

Para regular estas actividades y sus transacciones existe la LFPIORPI. Cada año es revisada por el poder legislativo con el fin de encontrar y combatir nuevas formas para prevenir el lavado de dinero en México.

En 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación los conceptos y montos de las multas por no prevenir el lavado de dinero. Las multas están determinadas con valor de la UMA. Las multas por incumplimiento van desde 200 veces la UMA, hasta 65 mil veces dependiendo la infracción.

Estas infracciones pueden ser aplicadas por el incumplimiento de cualquiera de las siguientes obligaciones:

 

  • Identificar a los clientes y usuarios basándose en credenciales o documentación oficial, así como recabar copia de la identificación.
  • Para los que se establezca una relación de negocios, solicitar al cliente información sobre su actividad u ocupación, basándose, entre otros, en los avisos de
  • inscripción y actualización de actividades presentados para efectos del RFC.
  • Solicitar al usuario si tiene conocimiento de la existencia del dueño beneficiario. En su caso, recabar la documentación oficial que permite identificarlo si ésta obrare en su poder.
  • Custodiar, proteger, resguardar y evitar la destrucción u ocultamiento de información.
  • Abstenerse de cumplir con los requerimientos que formule la autoridad.
  • Incumplir con la obligación de presentar en tiempo los avisos (a más tardar el día 17 del mes siguiente en que se realizó la operación).
  • Presentar avisos sin reunir los requisitos establecidos en el numeral 24 de la LFPIORPI:
  • Datos generales de quien actúe la actividad vulnerable
  • Información general del cliente, usuarios o del beneficiario controlador. La información sobre su actividad y ocupación de conformidad con el artículo 18, fracción II de la ley.
  • Descripción general de la actividad vulnerable sobre la cual se dé aviso.
  • No identificar forma de pago, conforme al dispositivo 33 de la LFPIORPI (obligación exclusiva para fedatarios públicos).
  • Presentar los avisos fuera de los 30 días siguientes a la fecha en que debió haber sido exhibido. (30 días después del 17 de cada mes).
  • Omitir presentar avisos.
  • Participar en operaciones en efectivo prohibidas por el precepto 32 de la LFPIORPI.

El valor de la UMA en 2022 es de $96.22 MXN. Por lo que las multas irían desde los 19 mil 244 para el incumplimiento de la obligación de identificar a los clientes y usuarios, hasta los 6 millones 254 mil 300 pesos por participar en operaciones en efectivo prohibidas.

Por esto es fundamental que las empresas cuenten con un manual de procedimientos y políticas para la prevención de lavado de dinero. En Corporativo AUG contamos con el equipo de abogados expertos en la prevención y combate al lavado de dinero, que puede blindar tu negocio de posibles relaciones comerciales que pongan en peligro a tu patrimonio y/o empresa. Ponte en contacto con nosotros para iniciar a aplicar políticas para prevenir el Lavado de Dinero.

Queremos ayudarte a planear tu éxito

Estamos a tu servicio





    We help you plan your success

    Contact us today to receive
    an initial consultation.

    We are pleased to serve you